De acuerdo a lo establecido por la Contraloría General de la República en materia de rendición de cuentas, se instruye que dentro de los primeros 5 días hábiles siguientes al mes cumplido se deberá preparar una rendición de cuentas y ser remitida o copiada a la División de Planificación y Coordinación de la Dirección, según el caso.
Proceso: 7354678