Mediante el Decreto Supremo MOP N° 209/2022 se introducen cambios significativos al Reglamento para Contratos de Obras Públicas (RCOP) a través del artículo transitorio N°15 del DS MOP N°75 de 2004. Las principales modificaciones a las Bases Administrativas para licitaciones de obras públicas son:
1) Autorizar la subcontratación de hasta un 50% de las obras con subcontratistas, ya sean inscritos o no inscritos en el Registro de Contratistas de Obras Públicas.
2) Permitir la participación de contratistas inscritos en una categoría inferior a la requerida en función del valor estimado de la obra.
3) Establecer plazos mínimos entre la publicación del llamado y la apertura de propuestas, que varían según el valor estimado de la obra.
Estas medidas buscan fomentar la competencia y la participación de empresas en los procesos licitatorios y se recomienda a las respectivas Direcciones aprovechar estas herramientas incorporándolas en las Bases de licitación
Proceso N°16783077