Cabe mencionar que este procedimiento no exime de enviar al CMN primero los antecedentes para la aprobación del proyecto y luego, una vez subsanadas las observaciones que pudieran emanar de esta institución y de la propia Inspección Fiscal, enviar la documentación para el timbraje por parte de esta Dirección Nacional.
Ord D.A. N° 1038/2020:
Res Ex SNPC N°1169/2020 - Procedimiento para timbraje digital del Consejo de Monumentos Nacionales.
N° Proceso: 14325139