Se reitera lo intruido en el Ord. SOP N° 2073/2018 sobre la aplicación del Libro de Obras Digital en todos los contratos de ejecución de obras del MOP y también lo indicado en el Ord. DA N° 537/2018 respecto a que el LOD se deberá aplicar a todas las contrataciones de obras cuyas bases de licitación establezcan la posibilidad de que el libro de obras sea digital. Asimismo, en los contratos que requieran permiso de edificación y recepción final municipal deberá contarse con un libro de obras en papel, además del LOD, para cumplir con lo señalado en la Ordenanza de Urbanismo y Construcción.
Proceso: 12819177